INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA IERD LA FUENTE
INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL LA FUENTE - TOCANCIPÁ. ÁREA DE INFORMÁTICA
martes, 6 de marzo de 2018
martes, 7 de noviembre de 2017
lunes, 26 de enero de 2015
NORMAS 2018
AREA DE INFORMATICA
REGLAMENTO USO DE LAS AULAS DE INFORMATICA
"Por la cual se establece el
Reglamento de uso aceptable de las TIC en los espacios correspondientes de la
Institución Educativa Rural Departamental La Fuente, en adelante IE".
El rector de la IE, en uso de sus
atribuciones estatutarias,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO. - Establecer el Reglamento de Uso
Aceptable de las TIC en todos los espacios de la IE, así:
Capítulo I. Usuarios y servicios
Artículo 1. Usuarios y servicios de las Aulas de
Informática:
1.
Se consideran Aulas de Informática
todos los espacios físicos y los recursos de hardware, software y conectividad
que la IE ofrece como apoyo a las actividades de enseñanza/aprendizaje.
2.
Se considera que hay cinco tipos de
posibles usuarios de las Aulas de Informática; a) estudiantes que se encuentren
debidamente matriculados; b) docentes, coordinadores y directivos; c) empleados
cuya vinculación con la IE se encuentre vigente; d) padres de familia y vecinos
de la Institución Educativa; y e) usuarios del aula que no corresponden a
ninguna de las categorías anteriores (capacitaciones específicas, cursos
de educación continuada, usuarios individuales, etc). Los usuarios tipo c deben
contar con autorización de la rectoría para hacer uso de las Aulas de
Informática. Los usuarios tipo d y e solo podrán hacer uso de éstas en los
horarios establecidos por la IE.
3.
La IE ofrecerá a los usuarios de las
Aulas de Informática los recursos de hardware, software y conectividad
disponibles, para que les sirvan como apoyo en sus actividades académicas. El
uso académico de esas aulas prima sobre cualquier otra utilización.
4.
La administración de los recursos de
las Aulas de Informática es responsabilidad del Departamento de
Informática/Sistemas de la IE, a menos que se especifique otro responsable. Las
Aulas de Informática deben estar en todo momento bajo la responsabilidad del
Coordinador Informático, de un docente de informática, de un
docente de área o del monitor del Aula.
5.
El uso que le den los usuarios a las
Aulas de Informática, estará acorde con las condiciones establecidas en
el presente reglamento.
Artículo 2. Usuarios de dispositivos móviles y de
servicios de red inalámbrica:
1.
Se consideran dispositivos móviles
todos los equipos portables, ya sean de cómputo o de telecomunicación, con
capacidad de procesamiento, con conexión a redes cableadas o inalámbricas y con
memoria. Se consideran dispositivos móviles los siguientes equipos:
computadores portátiles, teléfonos celulares, tabletas y asistentes personales
(PDA). Cuando sea la IE la que provea los dispositivos móviles a estudiantes,
docentes, coordinadores o directivos, dejará claro en qué casos pueden éstos
retirarlos de las instalaciones de la IE.
2.
Se considera red inalámbrica a toda
conexión a Internet que no requiera de una conexión física (cables), pues está
dada mediante ondas electromagnéticas. En este caso, la transmisión y la
recepción de información se realizan a través de puntos de acceso inalámbricos
(Access Points).
3.
Se considera que hay cuatro tipos de
posibles usuarios de dispositivos móviles y de la red inalámbrica de la IE: a)
estudiantes que se encuentren debidamente matriculados; b) docentes,
coordinadores y directivos; c) empleados de la institución cuya vinculación con
la IE se encuentre vigente; y d) usuarios que no corresponden a ninguna
de las categorías anteriores (capacitaciones específicas, cursos de
educación continuada, usuarios individuales, etc). Los usuarios tipo c deben
contar con autorización de la rectoría para hacer uso de la red inalámbrica.
Los usuarios tipo d solo podrán hacer uso de la red inalámbrica en los horarios
establecidos por la Institución Educativa.
4.
La IE ofrecerá a los usuarios de la
red inalámbrica la conectividad para que les sirva de apoyo en sus actividades
académicas. El uso académico, de los dispositivos móviles y de la conectividad,
prima sobre cualquier otra utilización.
5.
La administración de la red
inalámbrica es responsabilidad del Departamento de Informática/Sistemas de la
IE.
6.
La utilización de los dispositivos
móviles y de la red inalámbrica por parte de los usuarios se hará de acuerdo
con las condiciones establecidas en el presente reglamento.
Capítulo II. Normas básicas para el uso aceptable de las TIC
Artículo 3. Normas para el uso de las Aulas de
Informática de la IE:
1.
Los usuarios de la red inalámbrica de
la IE únicamente pueden utilizar los servicios para los cuales están
autorizados. Sin la debida autorización, no se permite tener acceso directo a
los servidores, copiar software o modificar los archivos que se encuentren
allí. Para el uso de servicios especiales como sacar impresiones, grabar un
CD/DVD o utilizar el escáner, se debe solicitar permiso al monitor o al docente
responsable de la sala.
2.
Bajo ninguna circunstancia se podrá
utilizar el nombre (login), código o clave de acceso (password) de otro
usuario. Cada usuario debe permitir su plena identificación en la Red de la IE.
3.
Los usuarios de los recursos de las
Aulas de Informática, deben tener presente que sus acciones pueden afectar a la
IE y a otros usuarios. Un usuario no podrá interferir en los procesos
computacionales de la IE con acciones deliberadas que puedan afectar el
desempeño y la seguridad de los recursos informáticos o de la información en
ellos contenida.
4.
Las clases que requieran el uso
permanente de un Aula de Informática durante todo el año lectivo, harán esa
solicitud de uso directamente con el jefe de departamento o con el coordinador
académico; además, ese uso se asignará en el orden riguroso a la recepción de
dicha solicitud, dando prelación a las asignaturas en las que se trabaja
integrando las TIC.
5.
El uso que se le dé a las Aulas de
Informática y a los servicios de Red estará circunscrito a fines
exclusivamente académicos. Está prohibido usar los equipos de las Aulas y los
servicios de Red para jugar, enviar o recibir información pornográfica o que
tenga propósito netamente comercial. Por comodidad de los usuarios, sólo se
permite el uso simultáneo de un computador a un máximo de dos (2) personas.
6.
El horario de servicio será
establecido por el Departamento de Informática/Sistemas quien así mismo lo dará
a conocer a todos los usuarios. La utilización de los recursos de las Aulas de
Informática en horario diferente a la jornada escolar debe estar debidamente
autorizada por el personal administrativo de la IE.
7.
En caso de pérdida, daño o deterioro
de los equipos usados, el usuario de éstos debe reportar inmediatamente esta
situación al monitor de la Sala para proceder a repararlo. Si se determina que
el daño fue causado por mal manejo o maltrato del equipo, el usuario
responsable debe encargarse de la reparación del mismo y del costo que esta
tenga.
Artículo 4. Normas para la utilización de
dispositivos móviles y de la red inalámbrica:
1.
Los usuarios de la red inalámbrica de
la IE únicamente pueden utilizarla para los servicios para los cuales están
autorizados. Sin la debida autorización, no se permite tener acceso directo a
los servidores, copiar software o modificar los archivos que se encuentren
allí.
2.
Bajo ninguna circunstancia podrá un
usuario utilizar el nombre (login), código o clave de acceso (password) de otro
usuario. Cada usuario debe permitir su plena identificación en la red
inalámbrica de la IE.
3.
Los usuarios de los recursos de la
red inalámbrica deben tener presente que sus acciones pueden afectar a la IE y
a otros usuarios. Un usuario no podrá interferir en los procesos
computacionales de la IE con acciones deliberadas que puedan afectar el
desempeño y seguridad de los recursos informáticos o de la información en ellos
contenida.
4.
Los docentes que requieran que sus
estudiantes utilicen permanente la red inalámbrica durante el año lectivo o
durante un período académico, deberán informar esta situación por escrito al
jefe de Departamento del área o al coordinador académico. Los puntos de acceso
inalámbrico se instalarán en orden riguroso a la recepción de dichas
solicitudes y de acuerdo a la disponibilidad de la infraestructura TIC, dando
prelación a las asignaturas en las que se trabaja integrando las TIC.
5.
El uso de los dispositivos móviles y
de la red inalámbrica será para fines exclusivamente académicos. Está prohibido
usar los dispositivos y los servicios de red inalámbrica para jugar, enviar o
recibir información pornográfica o que tenga propósito netamente comercial.
6.
El horario de servicio será
establecido por el Departamento de Informática quien así mismo lo dará a
conocer a todos los usuarios. La utilización de los dispositivos móviles y de
la red inalámbrica en horario diferente a la jornada escolar debe estar
debidamente autorizada por el personal administrativo de la IE.
7.
La IE no se responsabiliza por
pérdida, daño o deterioro de los dispositivos móviles de propiedad de
estudiantes, docentes, coordinadores o directivos que éstos traigan a la IE. En
caso de pérdida, daño o deterioro de los dispositivos móviles suministrados por
la IE, el usuario de éstos debe reportar inmediatamente esta situación al
Departamento de Informática/Sistemas. Si se determina que el daño o deterioro
del dispositivo móvil fue causado por mal manejo o maltrato del equipo, el
usuario responsable debe encargarse de la reparación del mismo y del costo que
esta tenga.
Capítulo III. De los deberes y derechos de los usuarios
Artículo 5. Son deberes de los usuarios de las
Aulas de Informática:
1.
Reservar los equipos o las salas con
la debida anticipación, de conformidad con las políticas establecidas por la
IE. La asignación de equipos se ajustará a la disponibilidad de éstos y a la
atención de los usos prioritarios establecidos para las Aulas.
2.
Reservar equipos de las Aulas de
Informática para trabajo individual. Un usuario podrá reservar un equipo por un
máximo de 2 horas a la semana para realizar trabajo individual. Este tipo de
reserva solo podrá hacerse para llevar a cabo trabajos académicos u otros
relacionados con la IE.
3.
El docente o responsable de una clase
no debe abandonar en ningún momento el Aula de Informática sin dar aviso previo
al encargado o monitor de la misma. Si el docente no va a estar presente en el
Aula durante la clase debe especificarlo con claridad en el momento de
reservarla.
4.
En caso de requerir algún software
especial, el docente debe solicitar su instalación con la debida anticipación
indicando, en cuántos y en cuáles equipos del Aula de Informática, se requiere.
5.
Cumplir puntualmente con los horarios
de servicio establecidos para trabajar en las Aulas de Informática.
6.
Cuidar los recursos de hardware y
software así como los muebles y demás materiales disponibles para usarse en las
Aulas de Informática.
7.
Informar inmediatamente al encargado
de la sala cualquier irregularidad en el funcionamiento del equipo asignado
(hardware, software o conectividad).
8.
Acatar las instrucciones y
procedimientos especiales establecidos por la Institución para hacer uso de los
recursos de las Aulas de Informática.
9.
Abstenerse de fumar y consumir
alimentos y/o bebidas al interior de las Aulas de Informática.
10. Mantener la disciplina y no interferir con el trabajo de los demás
usuarios de las Aulas de Informática.
11. Los usuarios tipo a (estudiantes) que requieran salir del Aula durante
la clase, deberán solicitar autorización al docente que esté a cargo en ese
momento.
12. Asegurarse del debido orden, limpieza y cuidado de los equipos al
terminar de usarlos; esto incluye, apagarlos adecuadamente y dejar el puesto de
trabajo limpio y ordenado.
13. En caso de práctica de grupo, el docente debe responder por el cuidado
general y el buen manejo de la sala y de sus equipos durante la clase.
14. Almacenar correctamente su información y hacerlo únicamente en las
carpetas destinadas para ese fin.
15. Cuidar sus objetos personales, ya que los encargados de las Aulas de
informática no se responsabilizan por la pérdida de los mismos.
16. Utilizar contraseñas fuertes, difíciles de adivinar, con longitud de al
menos 8 caracteres, que incluyan la combinación de números y letras.
17. Cerrar completamente, tanto las cuentas de correo electrónico como de
redes sociales, cuando se termine de utilizar el computador en la sala de
informática.
Artículo 6. Son derechos de los usuarios de las
Aulas de Informática:
1.
Recibir tratamiento respetuoso por
parte del personal a cargo del Aula de Informática.
2.
Recibir asistencia técnica en cuanto
a hardware, software y conectividad se refiere, de acuerdo con las
disposiciones definidas por la IE.
3.
Disponer de equipos en pleno (buen)
funcionamiento en las Aulas de Informática.
4.
Hacer uso del hardware, software y
conectividad que se le haya asignado durante la totalidad del tiempo acordado.
Artículo 7. Son deberes de los usuarios de
dispositivos móviles y de la red inalámbrica:
1.
Responsabilizarse por los programas
(software) o las APP (aplicaciones) que instalen en los dispositivos móviles
que usen dentro de la IE.
2.
Cuidar los dispositivos móviles a su
cargo.
3.
Responsabilizarse por la carga de la
batería para que el dispositivo móvil esté en condiciones funcionales durante
la siguiente jornada académica.
4.
Informar inmediatamente al
Departamento de Informática cualquier irregularidad en el funcionamiento del
dispositivo asignado (hardware, software o conectividad).
5.
Acatar las instrucciones y
procedimientos especiales establecidos por la IE para hacer uso de los
dispositivos móviles y de la red inalámbrica.
6.
Mantener limpios y en buenas
condiciones los dispositivos móviles.
7.
Mantener la disciplina y no
interferir con el trabajo de los demás estudiantes en sus dispositivos móviles.
8.
No realizar acciones que pongan en
riesgo de daño físico o lógico a los dispositivos móviles. Evitar hacer clic en
enlaces sospechosos; estos enlaces son uno de los medios más utilizados para direccionarlos
a páginas Web que tienen amenazas capaces de infectar los equipos con virus o
software malintencionado/espía.
9.
Almacenar correctamente su
información en algún servicio en la nube.
10. Promover y practicar el uso seguro, legal y responsable de la información
y de las TIC.
11. Exhibir una actitud positiva frente al uso de las TIC para apoyar la
colaboración, el aprendizaje y la productividad.
12. Tener en cuenta que vulnerar en la red derechos propios o de terceros
puede acarrear responsabilidades civiles, penales o disciplinarias.
13. Ser consciente de que la distribución de contenidos prohibidos por la
Ley (en especial la pornografía infantil), el acoso (en especial el acoso
sexual), la discriminación, la promoción del odio racial, la difamación y la
violencia, entre otros, son ilegales en Internet y en las redes sociales. Estas
conductas se castigan con cárcel en la mayoría de los países.
14. Evitar situaciones de ciberacoso (responsable: adulto; víctima:
menor/adulto), de “cyberbullying” (responsable: menor; víctima: menor) o de
Grooming (responsable: adulto; víctima: menor).
15. Al enviar o publicar información a través del correo electrónico,
mensajería instantánea o redes sociales, reflexionar y evaluar la conveniencia
de que otras personas conozcan dicha información y los riesgos que esta puede
representar para su seguridad personal o familiar.
16. No dar nunca de manera presencial a desconocidos, información personal
(dirección particular, número de teléfono, etc), información de la Institución
Educativa (nombre, ubicación, etc) o información familiar (nombres de padres y
hermanos, etc).
17. Comprender que bajo ninguna circunstancia deben invadir la privacidad de
otras personas cuando interactúan con ellas por medio de redes sociales.
18. Observar las normas básicas de “Netiqueta” y asegúrese de cumplirlas al
comunicarse con otras personas.
19. Contar con la autorización expresa de los padres o acudientes, si se es
menor de 13 años, para participar en actividades educativas en las que se
utilice correo electrónico, blogs, wikis, servicios de mensajería instantánea
y/o redes sociales.
20. No revelar nunca a nadie diferente de padres o acudientes (ni siquiera a
los mejores amigos), las claves de acceso al correo electrónico y a las redes
sociales.
21. Informar a padres y profesores cuando encuentre en su dispositivo móvil
información que le haga sentir incómodo(a) y/o amenazado(a); no responder
mensajes que sean agresivos, obscenos, amenazantes o que le hagan sentir mal o
amenazado; no responder correos electrónicos de personas que no conozca personalmente;
no aceptar citas de desconocidos y avisar inmediatamente a padres y docentes.
22. Utilizar contraseñas fuertes, difíciles de adivinar, con longitud de al
menos 8 caracteres, que incluyan la combinación de números y letras.
Artículo 8. Son derechos de los usuarios de
dispositivos móviles y de la red inalámbrica:
1.
Recibir tratamiento respetuoso por
parte del personal a cargo de la entrega de los dispositivos móviles y de los
encargados de la red inalámbrica.
2.
Recibir asistencia técnica en cuanto
a hardware, software y conectividad se refiera, de acuerdo con las
disposiciones definidas por la IE.
3.
Cuando la IE provea los dispositivos
móviles, éstos deben estar en condiciones totalmente funcionales.
4.
Hacer uso del dispositivo y de la
conectividad que se le haya asignado durante la totalidad del tiempo de la
jornada escolar acordada.
Capítulo IV. Préstamo de Equipos
Artículo 9. Préstamo de equipos del Aula de
Informática:
1.
Los equipos de Informática
(computadores, proyectores de video, cámaras fotográficas y videocámaras, etc)
sólo se prestan para usarse dentro de las instalaciones de la Institución
Educativa. Cualquier excepción requiere permiso expreso de las directivas. El
préstamo a estudiantes, de cualquier equipo, deberá autorizarse por parte de un
docente que asumirá con el alumno responsabilidad solidaria.
2.
El préstamo de equipos del aula de
informática para realizar exposiciones dentro de las instalaciones de IE, se regirá
por los procedimientos establecidos por la Institución para tal fin.
3.
El préstamo de equipos del aula de
informática es personal e intransferible y quien lo realiza se hace responsable
de ellos hasta el momento de devolverlos.
Artículo 10. Cuando la IE preste los dispositivos
móviles a los estudiantes:
1.
Dichos equipos se deben utilizar sólo
con fines académicos dentro de la Institución. La salida de éstos de la IE
requiere permiso expreso de las directivas; en cuyo caso, los padres de
familia deben firmar un convenio con la IE.
2.
El estudiante se responsabiliza de
reintegrar el dispositivo móvil asignado en las mismas condiciones en las que
le fue entregado.
3.
El préstamo de cada dispositivo móvil
es personal e intransferible y quien lo realiza se hace responsable de él hasta
el momento su devolución.
Capítulo V. Causales de Sanción
Artículo 11. Son causa de sanción las siguientes acciones dentro del Aula de
Informática:
FALTAS LEVES
FALTAS LEVES
1.
Perturbar el trabajo de otros
usuarios con comportamientos interferentes.
2.
No respetar los horarios de servicio
establecidos por la Institución.
3.
No denunciar a otros usuarios que
estén utilizando los recursos de las Aulas de Informática para fines no
académicos.
4.
Utilizar el código de acceso de
otro(s) usuario(s) sin la debida autorización.
5.
Utilizar Chats, IRC y programas de
comunicación en tiempo real, sin la debida autorización y sin la presencia de
un docente.
6.
Ejecutar juegos de computador de
cualquier tipo, sin la debida autorización y sin la presencia de un docente.
Esto aplica también para juegos en línea o en Red.
7.
Descargar o reproducir archivos de
video o de audio, sin la debida autorización y sin la presencia de un docente.
8.
Descargar cualquier software de
Internet, sin la debida autorización y sin la presencia de un docente.
9.
Instalar o desinstalar software en
equipos y servidores de la Institución, sin la debida autorización y sin la
presencia de un docente.
10. En calidad de docente, desatender el Aula de Informática después de
haber autorizado a algún usuario para realizar las acciones contempladas en los
puntos 11 al 15 del presente Artículo.
FALTAS GRAVES
1.
Desacatar cualquiera de las normas
básicas para la utilización de las Aulas de Informática descritas en el
Artículo 3 del presente reglamento.
2.
Incumplir cualquiera de los deberes
enumerados en el Artículo 5 del presente reglamento.
3.
Utilizar los recursos de las Aulas de
Informática para fines no académicos. Por ejemplo, navegar en páginas no
autorizadas, reenviar cadenas de correo electrónico, reproducir videos o música
cuando estos no hacen parte de una clase, etc.
4.
Desacatar los procedimientos
establecidos por la IE para el uso de las Aulas de Informática.
5.
Maltrato deliberado a los recursos
existentes en las Aulas de Informática.
6.
Borrar archivos de otros usuarios.
7.
Publicar fotos o videos propios o de
otras personas en los que aparezcan desnudos, semidesnudos o personas en
situaciones indebidas.
8.
Utilizar en las comunicaciones en
línea un lenguaje que no sería aceptable en el aula de clase.
FALTAS GRAVÍSIMAS
1.
Robar o cambiar equipos, partes o
componentes de la dotación de hardware, software y conectividad, de las Aulas
de Informática.
2.
Violar o intentar violar los sistemas
de seguridad de máquinas locales o remotas sin la debida autorización.
3.
Modificar la configuración de los
computadores.
4.
Infectar, de manera intencional, los
computadores con Virus, Spyware o Malware.
Artículo 12. Son causa de sanción las siguientes acciones con los dispositivos
móviles:
FALTAS LEVES
FALTAS LEVES
1.
No denunciar a otros usuarios que
estén utilizando los dispositivos móviles para fines no académicos.
2.
Utilizar el dispositivo móvil dentro
del aula de clases en un momento en el que el docente a cargo haya indicado que
éste no se debe usar.
3.
Traer al aula de clase el dispositivo
móvil sin la suficiente carga de batería que permita realizar las actividades académicas
programadas con apoyo de las TIC.
4.
Utilizar el dispositivo móvil de otro
usuario sin la debida autorización.
5.
Perturbar el trabajo de otros
usuarios con comportamientos interferentes.
6.
Publicar en Internet información,
fotografías o videos de otras personas sin su autorización.
FALTAS GRAVES
1.
Reincidencia o acumulación de tres
faltas leves en el uso aceptable de las TIC previstas en el presente
reglamento.
2.
Desacatar cualquiera de las normas
básicas para las utilizaciones de los dispositivos móviles y de la red
inalámbrica descritas en el Capítulo II (Artículo 4) del presente reglamento.
3.
Incumplir cualquiera de los deberes
enumerados en el Capítulo III (Artículo 7) del presente reglamento.
4.
Desacatar los procedimientos
establecidos por la IE para el uso de los dispositivos móviles y de la red
inalámbrica.
5.
Utilizar identidades falsas en
las redes sociales para suplantar a otras personas.
6.
Utilizar los dispositivos móviles
para fines no académicos. Por ejemplo, navegar en páginas no autorizadas,
reenviar cadenas de correo electrónico, enviar mensajes con contenido sexual o
racista, acosar a otras personas, etc.
7.
Maltrato deliberado a los
dispositivos móviles.
8.
Borrar archivos de otros usuarios.
9.
Utilizar los dispositivos móviles
para violar derechos de autor y/o cometer plagio.
10. Utilizar en las comunicaciones en línea un lenguaje que no sería
aceptable en el aula de clase.
11. Instalar programas (software) o APP (aplicaciones) inapropiadas en los
dispositivos móviles.
FALTAS GRAVÍSIMAS
1.
Acumulación de dos faltas graves en
el uso aceptable de las TIC previstas en el presente reglamento.
2.
Publicar fotos o videos propios o de
otras personas en los que aparezcan desnudos, semidesnudos o personas en
situaciones indebidas.
3.
Utilizar los dispositivos móviles
para vulnerar derechos propios o de terceros.
4.
Distribuir contenidos prohibidos por
la Ley, acosar o matonear a otras personas, discriminar, promover el odio
racial y difamar a otras personas.
5.
Violar el sistema de filtrado de
páginas Web inapropiadas.
6.
Violar o intentar violar los sistemas
de seguridad de equipos de cómputo locales o remotos.
7.
Modificar la configuración de los
dispositivos móviles o de la red inalámbrica.
8.
Infectar, de manera intencional, los
dispositivos móviles con virus, spyware o malware.
Capítulo VI. Sanciones
Artículo 13. La Institución Educativa NOMBRE DE LA
INSTITUCIÓN podrá imponer a los usuarios que incurran en algunas de las
acciones enumeradas en los Artículos 11 y 12 del presente reglamento, las
siguientes sanciones, dependiendo de la gravedad de la falta:
1.
Amonestación verbal. Será impuesta
por el encargado de la Sala de Informática, por un coordinador académico o por
un docente.
2.
Anotación en el observador. Será
impuesta por el encargado de la Sala de Informática, por un coordinador
académico o por un docente.
3.
Amonestación escrita. La harán los
Coordinadores Académicos o de Disciplina mediante comunicación escrita, de la
cual quedará copia en la hoja de vida del usuario.
4.
Suspensión de clases por uno o más
días a usuarios que tengan la calidad de estudiantes. La impondrá el Rector a
solicitud del Coordinador Académico o de Disciplina.
5.
Matricula condicional a usuarios en
calidad de estudiantes. La impondrá el Rector para las faltas gravísimas.
6.
Cancelación temporal del servicio.
Será impuesta, dependiendo de la gravedad de la falta, a los usuarios tipo d y
e (Artículos 1 y 2), por el encargado de las Aulas de Informática.
Artículo 14. El procedimiento para la aplicación
de las sanciones mencionadas a los estudiantes, se regirá por el Manual de
Convivencia de la IE.
Artículo 15. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento, la resolverá
el Rector de acuerdo con el Manual de Convivencia de la IE.
CRÉDITO:
Modelo de reglamento elaborado por EDUTEKA, tomando como base el “Reglamento de Usuarios de las Salas de Cómputo de la Universidad Icesi”, Marzo 16, 1999, Cali, Colombia.
Modelo de reglamento elaborado por EDUTEKA, tomando como base el “Reglamento de Usuarios de las Salas de Cómputo de la Universidad Icesi”, Marzo 16, 1999, Cali, Colombia.
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